email print share on Facebook share on Twitter share on LinkedIn share on reddit pin on Pinterest

INDUSTRIA / MERCADO España

El Gobierno Español destinará 76,4 millones € de ayuda a la cultura

por 

- El Consejo de Ministros aprobó ayer un paquete de medidas que incluye el apoyo al sector audiovisual para hacer frente a la crisis global derivada de la epidemia del coronavirus

El Gobierno Español destinará 76,4 millones € de ayuda a la cultura

El Consejo de Ministros de España certificó ayer, martes 5 de mayo, un Real Decreto Ley con medidas encaminadas a apoyar al sector cultural y que éste pueda hacer frente a la situación derivada de la pandemia del COVID-19 con una inversión presupuestaria del Ministerio de Cultura y Deporte de 76,4 millones de euros. Incluye un apartado de apoyo al audiovisual y supone cierto alivio para el sector, que lleva semanas reclamando ayudas por parte del estado español para una de las industrias más castigadas por la crisis actual.

(El artículo continúa más abajo - Inf. publicitaria)
Hot docs EFP inside

Por ejemplo, como recoge la web del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales de España (ICAA), se ha aprobado una flexibilización de los plazos y requisitos exigidos a las productoras en las ayudas generales y selectivas a la producción de largometrajes (desde el comienzo de la crisis sanitaria, se han paralizado unos 300 rodajes); se ha llevado a cabo una nueva redacción del artículo 36 de la Ley del Impuesto de Sociedades para aumentar las deducciones por inversión en producción; se ha puesto en marcha una línea de subvenciones para que las salas de exhibición (cerradas desde hace semanas en todo el país) puedan sufragar los gastos derivados de la crisis; se ha concedido una subvención directa a la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Finanzas (SGR) para impulsar la financiación del sector con mejores condiciones; y se ha puesto en marcha una prestación por desempleo para los trabajadores que no hayan podido continuar su actividad.

Las películas que sean beneficiarias de una ayuda general o selectiva tendrán ahora un plazo mayor para iniciar su filmación, que no empezará a contar hasta que finalice el Estado de Alarma actual. Asimismo, se amplían los plazos para solicitar la calificación y el certificado de nacionalidad, notificar el fin del rodaje, acreditar los costes de la película, realizar el estreno comercial, declarar los ingresos y entregar la copia de la película en Filmoteca Española. Además, las empresas podrán cobrar el 50% de la ayuda concedida, aunque no se haya iniciado el rodaje, se han reducido en un 50% el número de salas comerciales en las que se exigía estrenar, y se ha disminuido el porcentaje necesario destinado a copias y promoción. También, hasta el 31 de agosto se considerará estreno el que se produzca en televisión, plataformas o vídeo bajo demanda, eximiendo de la obligación del hacerlo en salas.

Según la nueva redacción del artículo 36 de la Ley del Impuesto de Sociedades aprobada, el porcentaje de la deducción por inversión en producciones cinematográficas aumenta un 5%. Además, se ha modificado el límite máximo de la deducción, que pasa de 3 a 10 millones. También se incrementa un 5% la deducción de la que podrán beneficiarse las empresas que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera en España.

Otra de las medidas que establece el Real Decreto-Ley es la creación de un Fondo Social Extraordinario, por importe de 13.252.000 €, para apoyar la exhibición mediante la concesión de subvenciones a las salas. Las ayudas están destinadas a sufragar la adaptación a las medidas sanitarias exigidas (plan de riesgos para trabajadores y público, o compra de mascarillas, desinfectante o mamparas) y de las acciones para favorecer la visibilidad de la reapertura de los cines. Los beneficiarios deberán cumplir en el año siguiente con una cuota de pantalla de títulos europeos del 30%.

Más información y detalles sobre el Real Decreto Ley aprobado ayer, con documentos anexos de dudas y preguntas frecuentes, aquí.

(El artículo continúa más abajo - Inf. publicitaria)

¿Te ha gustado este artículo? Suscríbete a nuestra newsletter y recibe más artículos como este directamente en tu email.

Privacy Policy