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AUDIOVISUAL Europa

Nueva regulación para el "emplazamiento del producto"

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El Parlamento Europeo ratificó el pasado 12 de diciembre en una primera lectura el borrador del informe que incluye las modificaciones relativas a las normas de publicidad en televisión en Europa (el informe que será la base de la nueva Directiva de servicios, ex Directiva de Televisión Sin Fronteras). Los diputados también se han mostrado conformes con ampliar el alcance de la directiva a los nuevos medios de radiodifusión.

Un tema especialmente debatido ha sido el emplazamiento del producto, que será prohibido definitivamente en "noticias y programas de actualidad, espacios para niños, documentales y programas con consejos". Además, esta modalidad de publicidad deberá ser notificada a los espectadores "al principio y al final del programa y por una señal al menos cada 20 minutos durante el programa". La promoción de tabaco y otros productos relacionados, quedará completamente prohibida.

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Los parlamentarios también se han mostrado de acuerdo con la inserción de cortes publicitarios cada 30 minutos en películas y otros programas de televisión. Sin embargo, no ha habido un consenso absoluto con respecto a la definición de los nuevos medios de radiodifusión sugerida por la Comisión y se ha optado por modificar los conceptos de "servicios lineales" y "servicios bajo demanda" en el borrador. Los primeros se refieren a la radiodifusión tradicional "transmitida...según un horario de programación fijo", mientras que el segundo abarca servicios como las web TV o el vídeo bajo demanda, en los que los usuarios reciben los contenidos de forma individual.

Además, los diputados han dado su visto bueno para aprobar los mecanismos necesarios para que los Estados Miembros puedan adoptar reglas más estrictas.

El informe, redactado por la eurodiputada alemana Ruth Hieronymi para la comisión de Cultura, y ratificado por el Parlamento pasará ahora por el Consejo. Una vez se adopte una Posición Común a principios del 2007, el borrador volverá al Parlamento para una segunda lectura. Cuando finalmente sea adoptado por el Parlamento y Consejo, los Estados Miembros tendrán dos años para trasponer la nueva directiva a las legislaciones nacionales.

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