email print share on Facebook share on Twitter share on LinkedIn share on reddit pin on Pinterest

Un sistema fuertemente encuadrado

por 

Los largometrajes deben demostrar que cuentan con un presupuesto mínimo de 1 millón de euros para cumplir los requisitos de financiación, las películas de animación con un presupuesto de al menos 3 millones de euros y los documentales de un mínimo de 200.000 euros. Los costes de producción utilizados en Alemania y cualificados como "Gasto alemán" deben ascender en total a por lo menos al 25% del total de los costes de producción (o al menos al 5% para un presupuesto de unos 25 millones de euros). Los costes del "Gasto alemán" incluyen los bienes y servicios relacionados con el cine, prestados en Alemania por personas que estén sujetas a los impuestos en Alemania y por compañías cuyas sedes principales o sucursales estén ubicadas en Alemania y quien cumpla más criterios. El "Gasto alemán" no incluye los costes para el desarrollo, adquisición de derechos subyacentes, legal, financiación, seguros, gastos generales, costes de transporte y viajes, así como los sueldos de los actores que superen el 15% del total de los costes de producción.

También fueron tomadas algunas de las normas del FFG: se aplicará la regulación de retenciones, las propias contribuciones de los productores deberán ser al menos del 15% y el § 15 FFG sobre los requisitos que se aplicarán para las versiones en lengua alemana.

La solicitud para el reembolso del 20% de los costes de producción será solamente aceptado, cuando se demuestre que ha sido utilizado por lo menos el 75% de la financiación de las películas.
Si se cumplen todas las condiciones de solicitud, se concederá la notificación de aprobación; ésta expirará otra vez si, tras un determinado plazo de tiempo, no se puede presentar la evidencia de una financiación global, o si, en otro periodo, el rodaje no ha comenzado y la película no ha sido terminada dentro del periodo de rodaje indicado. En este caso, es posible una segunda solicitud. El FFA emite su visto bueno preliminar y desembolsa la ayuda a la producción, bajo la garantía u obligación de finalización, en plazos del 33%, según el progreso/desarrollo de la producción: en la fecha de inicio del rodaje, al término del montaje final, y en la presentación de la revisión final de los costes.

¿Te ha gustado este artículo? Suscríbete a nuestra newsletter y recibe más artículos como este directamente en tu email.

Privacy Policy